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Después de la firma |
Octavo paso |
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Si usted desea
disponer de una copia de la escritura de su vivienda y de su préstamo,
puede solicitarla directamente del notario ante el que firmó.
En cualquier caso una gestoría se ocupará de realizar
todos los trámites hasta la inscripción de ambas escrituras
en el Registro de la Propiedad.
Como ya hemos indicado,
las escrituras compraventa de un inmueble y su financiación
con un préstamo hipotecario tienen una serie de gastos ajenos
a la entidad financiera, como es el caso del notario, gestoría,
impuestos, etc. Pues bien, el día de la firma de esas escrituras,
usted deberá realizar una provisión de fondos a favor
de la gestoría que se encargará de esos trámites
administrativos. Esa provisión servirá para hacer frente
precisamente a estos gastos.
Si una vez abonados
existe algún importe sobrante -suele ser habitual- la gestoría
le ingresará en su cuenta el importe de la liquidación
que realice , y si por el contrario no hubiera sido suficiente el
importe provisto, se le pasaría una liquidación adicional.
Además cuando
el Registro de la Propiedad devuelva ambas escrituras ya inscritas,
la gestoría le hará llegar a usted la primera copia
de la compra de su vivienda y una copia de su préstamo, así como
las facturas de todos los importes que haya abonado por cuenta de
usted.
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